Deducciones fiscales para donaciones a la Fundación Obra Mercedaria
Desde el pasado 6 de mayo se incrementa en cinco puntos porcentuales las deducciones por donaciones a ONG según el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo publicado en el BOE de 6 de mayo de 2020 que incluye una modificación del artículo 19 de la Ley 49/2002 de donaciones.
Los nuevos porcentajes de deducción aplican desde 1 de enero de 2020 a las donaciones a entidades acogidas a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos al mecenazgo.
Los nuevos porcentajes de deducción son los siguientes:
- Deducción del 80% para los primeros 150 euros donados.
- A partir de ese importe, es decir para el importe donado por encima de los primeros 150 euros:
- Deducción del 35%.
- Deducción del 40% si se trata de donaciones periódicas realizadas durante al menos tres años a la misma entidad por un importe igual o superior.
Estas nuevas deducciones se aplicarán en la declaración de la renta de 2020 para las donaciones realizadas desde el 1 de enero de 2020.
La Fundación Obra Mercedaria, al igual que la Parroquia Mare de Déu de la Mercè, aplican estas deducciones fiscales al percibir las donaciones.